La medida había sido anunciada por el presidente Alberto Fernández. Rige desde este lunes.

El Gobierno estableció hoy, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, que las mujeres podrán sumar de uno a tres años para su jubilación por cada hijo, tal como lo anunció la semana pasada el presidente Alberto Fernández.

A través del Decreto 475/21 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que incorpora artículos a la ley 24.241, que rige el sistema de jubilaciones y pensiones, se dispone que “al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida”.

El Gobierno estableció hoy, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, que las mujeres podrán sumar de uno a tres años para su jubilación por cada hijo, tal como lo anunció la semana pasada el presidente Alberto Fernández.

A través del Decreto 475/21 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que incorpora artículos a la ley 24.241, que rige el sistema de jubilaciones y pensiones, se dispone que “al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida”.

En otro articulo que se suma a la ley de jubilaciones, se incluye el período de licencia por maternidad para el cómputo de “las prestaciones de retiro transitorio por invalidez o de la pensión por fallecimiento del afiliado o de la afiliada en actividad».

Asimismo, en el decreto se aclara que los beneficios regirán “sólo para las prestaciones que se soliciten a partir de la vigencia del mismo”.