Este jueves se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 805/2022 por el que entró en vigencia en todo el territorio nacional la Ley N°27.675 que garantiza una asistencia interdisciplinaria para los pacientes.
El Gobierno Nacional reglamentó la ley de respuesta integral al VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual, la que establece un abordaje integral desde la salud y busca brindar contención e información con el fin de de evitar prejuicios.
Qué establece la Ley de Respuesta Integral al VIH
El artículo 1b de la Ley 27675 precisa que debe ser de acceso universal, oportuno y gratuito los “medicamentos, vacunas, procedimientos y productos médicos y no médicos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura del VIH, las hepatitis virales, otras ITS y la TBC, así como también la disponibilidad de formulaciones pediátricas» para estas enfermedades.
La Ley también abarca la investigación y el desarrollo de tecnologías locales para la producción pública nacional de medicamentos e insumos que garanticen la sustentabilidad de las políticas públicas vinculadas y la defensa de la soberanía sanitaria nacional de conformidad a lo previsto en las leyes 26.688, 27.113 y decretos reglamentarios.
Para una mejor atención sanitaria y acceso a la medicación, se indica la promoción de nuevos centros de testeos “como estrategia para lograr efectuar mayor cantidad de diagnósticos” y la “disponibilidad de medicamentos en el lugar de residencia del paciente” de ese modo facilitar su adherencia al tratamiento.
A su vez, se garantiza el “Acceso universal y gratuito a la salud. Los agentes del servicio público de salud, las obras sociales y entidades enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661″ por tal motivo “las empresas de medicina prepagas y todos aquellos agentes alcanzados por la ley 26.682, así como todas las instituciones que actualmente o en el futuro formen parte integrante del sistema de salud de la República Argentina, independientemente de la figura jurídica que posean”.
Fuente: Minuto Uno