La norma elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada en los últimos seis meses.

La reforma de la Ley de Monotributo que elimina el incremento retroactivo que debían pagar los contribuyentes fue promulgada este jueves mediante su publicación en el Boletín Oficial.

La norma que también impulsa la puesta en marcha de un plan de pago de 60 cuotas para deudores, fue promulgada mediante el decreto 480/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

La iniciativa elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618. Así se resolvió dar marcha atrás con la categorización aplicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a monotributistas, que les generó deudas impositivas por hasta $25.000.

Además, la norma incluye un esquema progresivo de actualización de escalas que duplica el incremento en las categorías más bajas al 77%, cuando el incremento previsto para este año es del 35 por ciento.

Con esta reforma se crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. (MINUTOUNO)