Una resolución del Ministerio de Trabajo determinó que el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo entrará en vigencia el 1° de abril del 2021.
La resolución Nº 54/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada este viernes en el Boletín Oficial, dispuso que la ley de Teletrabajo, que fue aprobada el año pasado, entrará en vigencia el 1° de abril del 2021.
«A fin de dar certeza frente a un régimen laboral que se proyecta sobre obligaciones mensuales, corresponde establecer que el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo entrará en vigencia el 1° de abril del 2021», dice el texto de la norma.
La normativa comenzará a regir 90 días después de que la Argentina determinara la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).
Entre los puntos principales de la reglamentación del Régimen Legal de Contrato de Teletrabajo están:
- Las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular.
Tampoco en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional.
-Quedaron sin reglamentar los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral.








