El Gobierno aprobó el reglamento para poner en marcha el programa que brinda asistencia psicológica, asesoramiento legal, articulación para traslados y un apoyo económico a familiares de víctimas fatales de violencia de género extrema.
El ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad aprobó el Reglamento Operativo del «Programa para el apoyo urgente y la asistencia integral inmediata ante casos de violencias extremas por motivos de género». La Resolución 321/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de la ministra Elizabeth Gómez Alcorta pone en vigencia esta iniciativa que apunta a acompañar a familiares y allegados de víctimas de violencia de género extrema.
La iniciativa presta asistencia psicológica, asesoramiento legal, articulación para traslados, asesoramiento en la tramitación de la reparación establecida en la Ley 27.452 y un apoyo económico a aquellas personas del grupo familiar o allegados de víctimas de violencias extremas por motivos de género, como parte de la política de abordaje integral.
«Se entiende por violencias extremas por motivos de género a las muertes violentas contra mujeres cis, trans, travestis, y a aquellas personas que sufrieran violencia letal por su identidad de género, expresión de género u orientación sexual», detalla el reglamento.
Para ingresar al programa se deberá enviar un correo electrónico a apoyourgente@mingeneros.gob.ar o bien se podrá solicitar la ayuda a través del Sistema Integrado de Casos de Violencias por Motivos de Género (SICVG) del ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
Quienes necesiten percibir el apoyo económico deberán, además de completar el formulario de Solicitud de Ingreso al Programa, enviar: Copia del DNI de la persona solicitante, o copia de residencia temporal o permanente vigente.
Copia de la partida de defunción de la persona víctima.
El apoyo económico consiste en el pago por única vez de una ayuda económica, no reintegrable y no remunerativa, destinada a la cobertura gastos de movilidad, traslados, alojamiento, alimentación, médicos, de sepelio, fotocopias de documentación y/o trámites, u otros gastos inherentes al fallecimiento.
El monto es el equivalente a cuatro salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) vigente al momento de la solicitud. Se otorgará sólo un apoyo económico a raíz del hecho de violencias extremas por motivos de género y debe solicitarse dentro de los 60 días hábiles de ocurrida la muerte.


